Hacienda estrena este año una nueva estrategia para facilitar a los contribuyentes la presentación de la renta. En la Campaña de la declaración de la renta 2017, que arrancará el 4 de abril y se extenderá hasta el 2 de julio, lo más novedoso es la puesta en marcha de dos servicios que buscan simplificar el proceso con el que los contribuyentes rinden cuentas cada año con el fisco.

Según ha explicado la Agencia Tributaria, en esta campaña casi 5 millones de personas podrán presentar su declaración con un solo clic a través de una aplicación móvil y, además, se habilitará un servicio de cita previa para que Hacienda sea quien llame al contribuyente que tenga dudas en el día y la hora que éste decida.

Novedades de la declaración de la renta 2017

A continuación explicamos cuáles son las líneas maestras de la Campaña de la Renta 2017, que arranca el 4 de abril y termina el 2 de julio. [Consulta aquí el calendario]

1. App de la AEAT para presentar la declaración en un clic

La gran novedad de esta campaña es la llegada de una nueva aplicación móvil de la Agencia Tributaria, cuya principal ventaja es que permitirá a muchos contribuyentes presentar la declaración de la renta a golpe de clic y sin necesidad de acceder a un ordenador. La app estará disponible a partir del 15 de marzo para los dispositivos que tengan sistema operativo Android (Google) e iOS (Apple), y también servirá para estar informado de cómo va el proceso.

Según explica el fisco, esta posibilidad está reservada a las declaraciones de las que la Agencia Tributaria dispone de toda la información (es decir, las más sencillas y que no necesitan modificación) y beneficiará aproximadamente a 4,8 millones de contribuyentes.

Esta nueva app de la AEAT es muy diferente de la que existía en campañas anteriores. Además de poder presentar la declaración, permite mandar mensajes personalizados, obtener y guardar el número de referencia, consultar los datos fiscales, consultar el estado de la tramitación de la declaración y gestionar las declaraciones de allegados y familiares del contribuyente. La aplicación móvil permite incluir hasta 20 NIF distintos.

¿Y qué sucede si el contribuyente debe cambiar algún dato? En ese caso, la Agencia Tributaria asegura que la propia app redirecciona al usuario hasta 'Renta Web', el nuevo programa online para hacer la declaración, para que pueda modificar y/o añadir los datos necesarios. Una vez que se hayan producido dichos cambios, aparecerán reflejados en la app de la AEAT y se podrá confirmar el borrador.

Al ser la gran novedad de la Renta 2017, la Agencia Tributaria tiene previsto explicar semanas antes del inicio de la campaña cómo funciona exactamente la aplicación.

2. Llega el Plan ‘Le llamamos’

Otro de los principales cambios de la Campaña de la Renta es la puesta en marcha de un servicio en el que Hacienda llama a los contribuyentes que necesiten ayuda para hacer su declaración, siempre que éstos hayan cogido cita previa y hayan indicado la fecha y la hora en la que desean recibir la llamada. Hay citas cada 15 minutos entre las 9.00 y las 20.30 horas.

Bautizado como el Plan ‘Le llamamos’, estará disponible desde el primer día de la campaña y permitirá que los funcionarios de las oficinas puedan centrarse en las declaraciones más complejas. "El año pasado acudieron a las oficinas 2,2 millones de contribuyentes, pero muchos de ellos van y no les aportamos valor añadido", recalcan desde el fisco. 

Pero ¿cómo funciona este servicio? La cita para solicitar la llamada se puede realizar a través de la web de la AEAT o por teléfono (901 22 33 44-91 553 00 71). ¿Y qué documentación se necesita? Para identificarse cuando nos llame el fisco, basta con el NIF y el número de referencia. ¿Puede usar este servicio cualquier contribuyente? La respuesta es que no: está reservado a los que reciban una carta para usar el servicio y aquellos que hayan obtenido en 2017…

  • Rendimientos del trabajo inferiores a 65.000 euros
  • Rendimientos del capital mobiliario inferiores a 15.000 euros
  • Rendimientos del capital inmobiliario por un inmueble o contrato
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de fondos de inversión
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales no derivadas de transmisiones, salvo que correspondan a actividades económicas
  • Rentas procedentes del régimen a atribución de rentas que correspondan a rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario, con los mismos límites anteriores

En el caso de que sea el contribuyente el que llame a la Agencia Tributaria, desaparecen todas las limitaciones anteriores.

3. Se adelantan los servicios de asistencia

Con el objetivo de agilizar la presentación de las declaraciones, Hacienda ha decidido adelantar en el calendario la prestación de servicios de asistencia y el acceso a la información fiscal del ejercicio 2017. Por ejemplo, este año se podrán consultar los datos fiscales o solicitar el número de referencia a partir del 15 de marzo. En esa fecha también estará disponible la aplicación móvil de la AEAT y comenzarán los envíos postales (lo recibirán los contribuyentes que acudieron a una oficina y que confirmaron su declaración sin llevar a cabo modificaciones, unos 860.000 en la Campaña de la Renta 2016).

“La evolución natural nos lleva a hacer modificaciones. Por un lado, se está generalizando la presentación online (si en 2010 suponía el 49%, el año pasado se disparó hasta el 88%) y, por otro, cada vez los contribuyentes presentan antes la presentación. El 52% de las declaraciones se presentaron el año pasado en los dos primeros meses”, recalcan desde la Agencia Tributaria.

4. Adiós al SMS con el número de referencia

Otra de las grandes novedades de la Renta 2017 la encontramos en los pasos que hay que dar para obtener el borrador y/o los datos fiscales. El contribuyente tiene tres maneras de conseguirlo:

Para optar a la más sencilla es necesario disponer del DNI electrónico o del sistema de firma con clave de acceso, denominado Cl@ve PIN, ya que en esos casos no hace falta obtener el número de referencia y se puede acceder al borrador o a los datos fiscales a través de la web de la Agencia Tributaria.

En el caso de que el contribuyente no tenga ninguna de ellas, deberá usar el famoso ‘Servicio RENØ’. Para obtener el número de referencia, el contribuyente necesita el importe de la casilla 450 de la declaración del año pasado (en la Campaña anterior era necesaria la casilla 440), su NIF y la fecha de validez de su documento de identidad. Por primera vez, no será necesario aportar un número de teléfono móvil, ya que este año desparecen los SMS con el número de referencia. A partir de ahora, dicho número aparecerá directamente en la pantalla del ordenador o bien quedará almacenado en la aplicación móvil de AEAT.

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