¿Cuánto suben las pensiones en 2022?

Las pensiones y las sucesivas novedades o propuestas llevan meses acaparando titulares en los medios de comunicación. Es comprensible, ya que las encuestas del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) recogen que es una de las cuestiones que más preocupa a los españoles. A los más jóvenes, si llegarán a cobrarla, y a quienes tienen la vista puesta en el retiro, de qué importe será.

En España hay 8,9 millones de pensionistas. Todos ellos cobrarán este año más que en 2021. Esa mejora se deriva de la nueva fórmula para calcular la revalorización y que busca garantizar que los jubilados no pierdan poder adquisitivo.

  • Según el nuevo mecanismo, la cuantía de las pensiones contributivas en 2022 será un 2,5 % más alta, es decir, el IPC medio de los últimos 12 meses calculado en diciembre. Además, si algún año esa tasa resulta negativa, lo estipulado es no aplicar la rebaja.
  • En cuanto a las pensiones mínimas y las no contributivas, es decir, las destinadas a aquellos ciudadanos que no hayan cotizado nunca o los 15 años mínimos para alcanzar las prestaciones, la subida este año es del 3 %.

Jubilación en 2022: así es el cálculo de la pensión

Otro asunto es la cuantía de las pensiones de quienes se jubilan a partir de ahora. Para calcular el importe se toma en cuenta el número de años trabajados, la base de cotización y, además, la situación familiar, por ejemplo, si tiene cónyuge a su cargo. Se puede consultar una estimación de la pensión que tendrá dentro de unos años en el portal electrónico Tu Seguridad Social, pero hay cambios en marcha, por lo que la simulación puede que no sea muy certera.

¿Cuántos años hay que cotizar para jubilarse con el 100 % de la pensión?

Tal y como se acordó hace una década, 2022 es el primer ejercicio en el que se tomarán en cuenta las cotizaciones de los últimos 25 años trabajados para hacer el cómputo de la prestación. Es decir, 12 meses más que en 2021 y 10 años más que en 2012, cuando arrancó una reforma que ha ido incrementando progresivamente el periodo que sirve de base. Esa modificación hace que en muchos casos la cuantía de la prestación vaya a ser algo más baja que hasta ahora. Los expertos explican que lo normal es que el sueldo de una persona aumente a lo largo de su vida laboral, de manera que si calculamos la media de lo cotizado en los últimos 15 años, será mayor que si hacemos la estimación sobre 25 años. No obstante, esa no es una regla fija, ya que a lo largo de nuestra vida laboral hemos podido tener periodos de desempleo o rebaja en el salario en la fase final, que harían beneficiosa la ampliación del tiempo de cálculo.

Es más, los 25 años vigentes hoy podrían aumentar si se cumple con la reclamación de Bruselas de alargar aún más el periodo de cómputo. De hecho, “la tendencia es considerar toda la vida laboral para el cálculo de la pensión de jubilación de la Seguridad Social”, apunta el economista Carlos Herrera, miembro del Comité de Servicios de EFPA, la Asociación Española de Asesores y Planificadores Financieros.

Otro posible cambio que se barajaba al cierre de esta edición era un aumento en el porcentaje que aportan empleados y empleadores para mejorar las bases de cotización.

La edad de jubilación pesa en la cuantía de la pensión

Es posible que quien esté ya pensando en su jubilación tenga en la cabeza los 65 años como la edad en la que habitualmente uno puede dejar de trabajar, pero no es exactamente así. Desde 2013 y hasta 2027, se están aplicando cambios que afectan progresivamente a la edad en la que podemos acceder al retiro y en qué condiciones. De hecho, la edad ordinaria para jubilarse en 2022 cobrando el 100 % de la mensualidad que nos corresponda son los 66 años y dos meses. Es decir, dos meses más que en 2021. En esa misma proporción irá aumentando hasta ponernos en los 67 años en 2027.

También podemos jubilarnos antes de esa edad, en concreto a partir de los 65 años, pero tendríamos que tener cotizados más de 37 años y seis meses. Eso en 2022, porque en 2027 solo podrán hacerlo quienes hayan acumulado no menos de 38 años y medio cotizados, según la progresión prevista.

Las cuentas de la jubilación anticipada

Independientemente de si se puede uno jubilar con 65 años, cumpliendo el periodo mínimo cotizado, o con 67 y dos meses, si no lo alcanza, el acceso a la jubilación se puede adelantar:

  • dos ejercicios, si la decisión es voluntaria: jubilación anticipada.
  • o cuatro años, en el caso de que sea consecuencia de una reestructuración laboral decidida por la empresa o si se está en paro: prejubilación o jubilación forzosa.

Eso sí, hay que ser consciente de que su pensión sufrirá un recorte. Cada trimestre anticipado tiene una penalización. A día de hoy varía, según los años cotizados:

  • entre un 1,5 % y un 1,875 %, si es una jubilación forzosa.
  • y entre el 1,625 y el 2 %, si es una jubilación anticipada voluntariamente.

Ese recorte se aplica sobre la base reguladora que utiliza la Seguridad Social para estimar la pensión, y que tiene que ver con nuestro último sueldo.

Pero, ¿qué ocurre si tras esas penalizaciones el resultado sigue siendo superior a la pensión máxima? Se aplica un segundo recorte del 0,5 % por trimestre adelantado, que significa un 2 % anual. Es decir, adelantar el retiro para quienes cobran sueldos altos tiene un coste relativo menor que para las nóminas más pequeñas, que pueden sufrir un recorte de hasta el 8 % anual.

Esta situación se subsana en una nueva normativa que, al cierre de esta edición, aún se estaba tramitando. De salir adelante, la diferencia sería importante, ya que el coeficiente reductor se aplicará directamente sobre la pensión, no ya sobre la base reguladora. Se trata de una de las varias medidas que se barajan para desincentivar la jubilación anticipada, en paralelo a la puesta en marcha de estímulos para prolongar las carreras profesionales. En cualquier caso, estas reformas no se empezarían a aplicar hasta 2024.

En estos momentos de cambios normativos, el experto de EFPA recomienda que los cálculos de la fecha más conveniente para acceder al retiro y estimar la pensión pública lo realice un gestor administrativo experto en tramitar expedientes de jubilación a la Seguridad Social.

Además, en determinadas profesiones es posible jubilarse antes, incluso con 52 años en ciertos casos. Esa opción existe para quienes desempeñan funciones de “naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad”, según recoge la legislación. Entre estos colectivos están los trabajadores de la minería o el ferrocarril, el personal de vuelo, profesionales taurinos, bomberos, artistas o miembros de fuerzas y cuerpos de seguridad (Policía Nacional y Guardia Civil, Ertzaintza, policías locales), por ejemplo. Cada colectivo tiene unas penalizaciones diferentes en el importe de la pensión por acceder al retiro antes de tiempo.

Viabilidad del sistema de pensiones

Agentes sociales y políticos llevan años diseñando reformas que puedan asegurar la viabilidad del sistema de pensiones vigente, que al igual que en otros países de nuestro entorno se basa en tres pilares: la pensión pública, la previsión a través de la empresa y el ahorro logrado individualmente.

Lo que nos diferencia de los modelos de otros países es la proporción en la que se reparten esos tres ejes. Dentro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), España es uno de los miembros con una tasa de sustitución más alta, lo que significa que la pensión pública supone el 72,3 % del último sueldo cobrado, mientras que la media de los otros países no llega al 50 %. En paralelo, el ahorro privado, individual o colectivo, se mantiene en tasas muy bajas y no se incentiva que se hagan aportaciones desde que se inicia la actividad laboral, como ocurre en otros países.

En otros estados esa proporción es totalmente diferente y el grueso del dinero que se cobra una vez jubilado proviene de los ahorros acumulados como trabajadores –con las aportaciones de nuestro empleador y las propias– y/o de manera individual, mediante planes de pensiones privados. En la mayoría de países la pensión pública, derivada de cotizaciones o impuestos, solo cubre las necesidades básicas.

Para recomponer el equilibrio de fuerzas entre los tres pilares, actualmente están en trámite nuevas reformas que buscan, entre otras cuestiones y no sin polémica, reforzar la utilización de planes de pensiones colectivos vinculados a las empresas, también conocidos como planes de empleo. Esta práctica ya está bastante extendida en el País Vasco, donde el 55 % de los trabajadores participan de algún programa de este tipo, básicamente en Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV), según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. En el resto de España, en cambio, la media es del 31 %. El objetivo ahora es facilitar el acceso sobre todo a los trabajadores de pymes y a autónomos a este tipo de ahorro y poder así complementar unas pensiones públicas que se auguran cada vez un poco menos abultadas.

 

Fuente: Vera Castelló, Erosky Consumer