El número de hijos es, por lo general, inversamente proporcional a la cifra de años cotizados, a la promoción laboral y, en definitiva, a la cuantía de la pensión de las mujeres. Esto es así porque cuantos más hijos tiene una madre, más difícil le suele resultar compaginar su crianza con una carrera profesional brillante. La brecha de género se debe, en gran medida, a esta situación, por lo que el Gobierno ha cambiado el complemento de las pensiones por hijo basado en la aportación demográfica (número de hijos) por el complemento de reducción de la brecha de género. Te explicamos quién puede beneficiarse de él, cómo se aplica o en qué casos no se concede, además de la controversia que ha suscitado entre las familias numerosas, que no ven con buenos ojos este cambio.
¿Quién tiene derecho al complemento por hijo en la pensión?
Todas las madres, aunque tengan un solo hijo, tendrán desde ahora derecho a un complemento en su pensión para compensar la incidencia que, por lo general, tiene la brecha de género en el importe de sus pensiones. Como apunta el abogado Juan Suárez, “se ha ampliado el derecho a más mujeres y también hay opción para los hombres que hayan visto perjudicada su carrera profesional“.
Además, al aprobar este complemento se cumple con los requerimientos de la Unión Europea, que había señalado que es “discriminatorio” reconocer un complemento de pensión por aportación demográfica para las mujeres, “mientras que los hombres que están en una situación idéntica no tienen derecho a ese mismo complemento”, recuerda.
En este sentido, el nuevo complemento ya no es discriminatorio, pues, además de concederlo al padre, y no a la madre si se dan ciertos requisitos, no alude a la aportación demográfica —que hacen ambos progenitores—, sino que pretende “reducir la brecha salarial, la pérdida de salario, de promoción y de años cotizados que padecen muchas mujeres tras convertirse en madres”. Por este motivo, este complemento no será sine die, sino que se mantendrá “hasta que la brecha de género en pensiones baje del 5 %”.
Los beneficiarios del complemento, según indica el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, son los siguientes:
Todas las mujeres que hayan tenido hijos y sean beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad. Tienen derecho a un complemento por cada hijo, hasta el cuarto incluido.
Si los dos progenitores son mujeres, se reconoce a la que perciba pensiones públicas de menor cuantía.
Los hombres tienen derecho en algunos casos:
- Si tienen una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos en común (siempre que alguno de ellos tenga derecho a una pensión de orfandad).
- Cuando tienen pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y vieron interrumpida o afectada su carrera profesional por el nacimiento o la adopción de sus hijos.
Si los dos progenitores son hombres (y cumplen alguna de esas condiciones), se reconocerá al que perciba la pensión de menor cuantía.
¿Cuánto dinero se cobra por el complemento?
A diferencia del anterior modelo, hay una cuantía fija por cada hijo. La cantidad se ha establecido en 27 euros mensuales por cada hijo, hasta un máximo de cuatro. Será un total de 378 euros cada año por cada hijo, que se reparten en 14 pagas.
La nueva modalidad beneficiará a las pensiones más bajas, al tratarse de una cantidad fija, según admite el Gobierno. Sin embargo, asociaciones de familias numerosas no están de acuerdo con este argumento. Como sostienen los portavoces de la Federación Española de Familias Numerosas, este sistema no beneficia a las rentas bajas cuando se dan situaciones tan incongruentes como la siguiente: “Una madre trabajadora con un solo hijo y una pensión máxima de 2.400 euros verá incrementada la misma en 27 euros al mes, mientras que una madre con una pensión de 800 euros y cinco hijos recibirá también 27 euros por cada uno de los cuatro primeros, y cero euros por el quinto”.
El anterior complemento —para algunos colectivos, más beneficioso para las madres y el fomento de la natalidad que el actual— se basaba en la aportación demográfica, y consistía en conceder un porcentaje sobre la base reguladora de la pensión: un 5 % en caso de tener dos hijos, un 10 % si tenías tres y un 15 % a partir de cuatro hijos, por todos y cada uno, ya fueran cinco, seis, siete…
Cómo solicitar el nuevo complemento de maternidad o paternidad
El nuevo complemento debe solicitarlo el progenitor que considere que su carrera se ha visto perjudicada por la maternidad o la paternidad. Debe ser una “pretensión justificada“, como comenta el abogado Juan Suárez, y la solicitud puede ser rechazada. En caso de que ninguno lo pida, por defecto se concederá siempre a la madre, “pues en más del 80 % de los casos es la perjudicada profesionalmente al tener hijos”, explica el experto.
Los requisitos para percibir este complemento en la pensión son los siguientes:
- Pertenecer a cualquier régimen de la Seguridad Social.
- Tener una pensión, incluso si es una jubilación voluntaria anticipada. Se excluye a las madres con jubilación parcial (pero se les reconocerá el complemento que proceda en el momento en que, por edad, accedan a la jubilación plena).
- Todos los hijos, adoptados o biológicos, deben estar inscritos en el Registro Civil español.
¿Cuándo no se concede este complemento?
Hay casos en los que no se reconocerá el derecho a este complemento:
- Cuando al progenitor se le haya privado de patria potestad.
- En el caso de los hombres, cuando el padre haya sido condenado por violencia contra la mujer.
¡Importante! Si ya estás percibiendo el complemento por maternidad por aportación demográfica, lo mantendrás. Sin embargo, no podrás percibir los dos: el complemento de maternidad es incompatible con el de la reducción de la brecha de género. Lo que sí es posible para quienes estén percibiendo el de maternidad “es cambiarlo, optar por uno o por otro”, señala el abogado.
Medida desfavorable para fomentar la natalidad
La baja natalidad española, el reto demográfico, es uno de los principales problemas de nuestra sociedad. Casi una de cada tres personas tendrá más de 65 años en 2060, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) sobre la evolución de la pirámide poblacional. Estas cifras suponen un impacto directo en pensiones, recaudación de tributos, consumo, productividad… y parece prioritario darle solución.
Sin embargo, María Menéndez de Zubillaga, presidenta de la Asociación de Familias Numerosas de Madrid, considera que medidas como este complemento para reducir la brecha de género en las pensiones son nefastas para potenciar la natalidad, “y no es la solución para tratar de revertir la pirámide demográfica, para ensanchar la base y que haya futuro para todos”. En su opinión, con este decreto “te están diciendo que te penalizan por tener más de un hijo, además de escoger a las madres de familias numerosas para hacer el primer recorte en época de pandemia”.
Fuente: Blanca Álvarez, Erosky Consumer