Una de las dudas más frecuentes que se plantean los inquilinos de un piso de alquiler suele ser qué tipo de arreglos o reformas están permitidas sin necesidad de comunicarlo al casero, pero también cuáles necesitan de su aprobación y cuáles debe realizar el propietario sin subir el precio del alquiler. Para conocer la respuesta nos tenemos que dirigir a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), en la que se explica y establece todos los supuestos mencionados anteriormente. Desde Fotocasa te contamos cuándo puedes reformar un piso alquilado y cuándo no.
¿Puedo reformar un piso alquilado?
Desde Fotocasa analizamos qué reformas se pueden hacer y cuáles no en un piso de alquiler sin necesidad de consultar al casero y qué obligaciones tiene cada parte. ¡Toma nota!
Reformas en un piso de alquiler a cargo del arrendador
El arrendador está obligado por ley a mantener la vivienda en unas condiciones óptimas de habitabilidad, lo que quiere decir que si el inmueble necesita alguna mejora correrá a cargo de éste y como explica el Código Civil:
- El arrendador no podrá subir la renta por la reparación.
- El arrendatario debe comunicar previamente la necesidad de realizar obras o reparaciones.
- En caso de urgencia, el arrendatario podrá hacerse cargo, siempre con el consentimiento del arrendador, que posteriormente deberá pagar el coste de la obra o reparación.
Las obras de mejora hacen referencia al mantenimiento de la vivienda y el arrendatario estará obligado a soportar dichas obras; mientras que el arrendador deberá avisar con al menos tres meses de antelación al inquilino sobre la realización de las mismas.
Pongamos un ejemplo, si en una vivienda de alquiler se estropean las cañerías y al revisarlas el problema está en algún punto de la instalación, la reforma correrá a cargo del arrendador.
Por lo tanto, el propietario de la vivienda deberá hacerse cargo:
- Del mantenimiento de las instalaciones de agua y luz
- De elementos como suelos, paredes y techos
- De la reparación, mantenimiento o sustitución de la caldera
- Del resto de obras necesarias para su habitabilidad
Reformas en un piso de alquiler a cargo del arrendatario
Por su parte, el inquilino de la vivienda deberá hacerse cargo de todas aquellas pequeñas reparaciones que sean consecuencia del desgaste por el uso ordinario. Este es un punto que puede generar controversia, por lo que se recomienda que se especifique que en el contrato de alquiler las obras que deberá realizar el inquilino. La jurisprudencia las cifra en los 150 euros o en el 25% del importe de la renta mensual como máximo.
Si el arrendatario quiere realizar una reforma deberá comunicarlo por escrito al propietario de la vivienda, ya que éste debe dar su consentimiento de la obra. En este tipo de reformas u obras se incluye cambiar el color de las paredes, cambiar mobiliario, taladrar paredes, eliminar tabiques, etc.
Utilizando el ejemplo anterior, si en la revisión de la reparación de las cañerías se encuentra que el fallo se debe a un mal uso por parte del inquilino —atasco, por ejemplo— la reforma correrá a cargo del arrendatario.
El inquilino, por lo tanto, deberá hacerse cargo de:
- Los desperfectos ocasionados por el mal uso: rotura de muebles, pintar sin permiso, etc.
- Los daños por sobrecarga eléctrica
- Las pequeñas reparaciones por el uso diario
¿Qué pasa si hago reformas sin el consentimiento del propietario?
Se puede dar el caso de que el inquilino realice algún tipo de reforma u obra en la vivienda sin haber solicitado el consentimiento del arrendador. De ser así, este podrá optar por las siguientes medidas:
- Finalizar el contrato de alquiler
- Exigir al arrendatario que devuelva la vivienda a su estado original
- Conservar la obra realizada en la vivienda, pero sin que el inquilino pueda solicitar alguna indemnización
Por obra o reforma de la vivienda se puede entender: una pared pintada en otro color, perforar las paredes para colocar cuadros, estanterías o adornos, un cambio del mobiliario o reformas mayores que modifiquen la estructura y distribución de la vivienda.
Lo mejor para evitar problemas es hablar todos estos temas con el propietario para poder establecer las obras y reformas que puede hacer el inquilino en la vivienda y cuáles son las que corresponden al arrendador.
En el caso de cambio en el mobiliario, pintar las paredes, perforación de paredes, etc., lo recomendable es volver a dejar el piso en el mismo estado en el que se entregó al inquilino, para así evitar posibles problemas.
Fuente: Fotocasa Life - Actualidad, inspiración y cultura inmobiliaria