Los autónomos podrán desgravarse los gastos de luz, gas y agua
Cabe recordar que, hasta este momento, la Agencia Tributaria sí permitía desgravar aquellos gastos relacionados con la hipoteca, el impuesto de bienes inmuebles, la tasa de basuras o la cuota de la comunidad, pero no admitía en ese mismo grupo otros como la luz, el gas o el agua. Y, aunque en los últimos meses algunos autónomos lograron ese derecho por la vía judicial, desde este momento, Hacienda estará obligada a admitirlo sin acudir a esa solución.
“Con esta sentencia, se clarifica algo que se venía haciendo y siempre era motivo de controversia en caso de una revisión de Hacienda. Es una sentencia lógica considerando que los suministros son un gasto imprescindible en la actividad y, por tanto, es lógico que disminuyan el rendimiento del contribuyente”, afirma Víctor González, socio y director del departamento financiero de dPG Legal.
Eso sí, el camino no será todo lo fácil que cabría esperar ya que es probable que Hacienda exija la documentación necesaria para certificar que esos gastos ciertamente están relacionados con la actividad económica. Y la manera de distinguir un gasto personal se antoja difícil: según el TEAC, para medirlo “podría servir, un criterio combinado de metros cuadrados con los días laborables de la actividad y las horas en que se ejercite dicha actividad en el inmueble”.
En este sentido, González señala que “la dificultad va a estar en demostrar que el gasto aplicado es realmente necesario para el desarrollo de la actividad, extremo en el que se basa hacienda para aceptar cualquier tipo de gasto deducible. Como siempre, la prueba recaerá sobre el contribuyente y no va a ser fácil relacionar el gasto total con el gasto necesario”.
Es por esto que, ante una situación como la que plantea la nueva legislación, el autónomo puede acudir por su cuenta a solicitar la deducción, pero se recomienda contar con un gestor especializado en este tipo de trámites que le guíe a la hora de obtener la información necesaria y de demostrar cada uno de los gastos derivados de su actividad ante Hacienda.