Nuevos modelos fiscales.
18Ene2014
Integra los modelos 310, 311, 370 i 371, los cuales quedan eliminados a partir de la entrada en vigor de esta Orden. Los que declaren en el Régimen Simplificado de I.V.A. utilizarán también el 303, que contará con hojas adicionales para la información de módulos.
Incluye casillas adicionales para indicar las operaciones de modificación de bases imponibles (bases imponibles y cuotas deducibles rectificadas) y las adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios, así como el resto de operaciones en las que se produzca la inversión del sujeto pasivo.
Se incorporan también dos casillas que permiten optar o revocar la aplicación de la prorrata especial en la última declaración-liquidación del ejercicio.
El modelo incluye un apartado en el cual los sujetos pasivos que se hayan declarado en concurso en el periodo en el que se liquida, indicarán si la liquidación es pre concursal o post concursal.
En relación al criterio de caja, se incluirá la siguiente información: Se identificarán los contribuyentes que hayan optado por la aplicación del criterio de caja, pero también los destinatarios de operaciones realizadas según este criterio, detallando los importes de las operaciones realizadas según este régimen.
Modelo 340 de Declaración Informativa de Operaciones incluidas en los Libros Registros.
Como consecuencia del nuevo régimen especial del criterio de caja, es necesario introducir una nueva clave de operación que permita identificar si las operaciones registradas se han efectuado de acuerdo con este nuevo régimen, así como la incorporación de nuevos campos para los libros de registro de facturas expedidas y recibidas para la identificación de los datos de cobro y pago, así como los importes cobrados o pagados y la identificación de los medios de cobro y pago utilizado.