Estar satisfechos con nuestra cuenta corriente, sobre todo si esta es gratis y el banco ofrece un buen sistema para llevar a cabo la operativa básica, resulta sencillo. Pero debes saber que el hecho de que nuestra cuenta sea ventajosa hoy no significa que lo vaya a ser mañana. ¿La razón? La entidad puede cambiar las condiciones de nuestra cuenta corriente en cualquier momento de forma unilateral. Esta práctica es por completo legal y los bancos incluso hacen referencia a esta posibilidad en los contratos de las cuentas. En este artículo te damos los detalles.
Las condiciones de las cuentas no son para siempre
Por mucho que algunos bancos digan que las condiciones de sus cuentas son para siempre, no es más que una estrategia de marketing a la que recurren muchas compañías.
Las entidades tienen derecho a cambiar unilateralmente los contratos con una duración indefinida. Es el caso de las cuentas corrientes, como también de las tarjetas, cuyas condiciones pueden variar en cualquier momento. Incluso el código IBAN puede verse modificado.
El banco debe avisar con dos meses de antelación
El banco debe avisar al cliente del cambio con al menos dos meses de antelación a su entrada en vigor, con el fin de que pueda rescindir el contrato sin penalización, si no le interesan las nuevas condiciones, y así tenga tiempo de abrir una cuenta corriente con más ventajas en otra entidad. La comunicación se tiene que realizar en papel u otro soporte duradero. Hoy en día, la mayoría de los bancos notifican los cambios a través del correo electrónico o de la correspondencia virtual de su web o su aplicación.
Por el contrario, si las nuevas condiciones benefician de forma inequívoca al consumidor, la entidad puede aplicarlas de inmediato, aunque deberá avisarle en la primera comunicación que le mande.
Cuando un banco informa a un cliente de un cambio, suele alertarle de que si no manifiesta su oposición antes de que entre en vigor la modificación, entenderá que la acepta. El Banco de España señala, en este sentido, que esta aceptación tácita solo es válida si se dan dos circunstancias:
- Si esta posibilidad se recoge en el contrato.
- Si se le da al cliente la posibilidad de rescindir el contrato sin ningún coste antes de la fecha de modificación, si no está de acuerdo con las nuevas condiciones.
Condiciones de cuentas: ¿cuáles son los cambios más habituales?
Por lo general, las modificaciones de las cuentas afectan a las comisiones, los requisitos de vinculación y la rentabilidad de la cuenta.
Los bancos actualizan con cierta periodicidad sus tarifas, así como los requisitos de vinculación para operar gratis, de manera que una cuenta que, por ejemplo, hoy es gratis si se domicilia la nómina, en un par de meses podría seguir siéndolo, solo si además de la nómina se cumple algún otro requisito como domiciliar recibos o contratar otro producto.
Por otra parte, también pueden verse modificadas las condiciones de algunos servicios asociados a las cuentas menos utilizados, como las transferencias internacionales o los pagos en otras divisas.
Asimismo, es habitual que los bancos varíen la rentabilidad de sus cuentas corrientes y de ahorro, por lo general a la baja.
Nuevo código IBAN
No es muy habitual, pero los bancos pueden cambiar el código IBAN de sus cuentas. Y es probable que muchos clientes lo vivan en primera persona dentro de poco tiempo debido a las fusiones bancarias que hay en marcha. Por lo general, cuando una entidad absorbe a otra, a las cuentas del banco adquirido se les cambia el IBAN para que contenga el código identificativo de la nueva entidad.
Este proceso no supone un perjuicio para el cliente, ya que el propio banco se encarga de redireccionar los recibos domiciliados. Además, algunas entidades mantienen activo el anterior número de cuenta durante un tiempo prudencial por si el cliente recibe algún cargo o una transferencia. En cualquier caso, una vez cambie el IBAN de la cuenta, el cliente deberá proporcionar el nuevo para futuros cobros y pagos.
Fuente: Javier Mezcua - Erosky Consumer