Para comprar un coche, para emprender, para estudiar, para alquilar o adaptar la vivienda, para tener un ingreso que te permita subsistir… Ayudas y subvenciones hay muchas, pero en ellas no todo es lo que parece. Sí que son ayudas necesarias y solucionan los problemas de numerosos ciudadanos. Sin embargo, antes de pedir alguna de ellas, es importante que sepas que no todo el mundo reúne los requisitos para solicitarlas, que debes cumplir condiciones si las aceptas y que gran parte de ellas deben tributar, con lo que Hacienda se quedará con un porcentaje del dinero recibido, al considerarlas ganancias patrimoniales.

Requisitos y condiciones que excluyen a posibles beneficiarios

Si tienes pensado solicitar una subvención para cambiar de coche, para continuar tu negocio como autónomo o cualquier otra ayuda por cualquier circunstancia, debes saber que no siempre se conceden, ni de manera indiscriminada. Todas ellas tienen requisitos y condiciones que “están perfectamente detallados en las solicitudes”, explica la abogada Antonia Cortés. Sin embargo, “muchas personas lo descubren en el mismo momento en que acuden a pedir la ayuda”, añade.

Conviene saber, por ejemplo, que para poder aspirar a que te concedan una de las ayudas más novedosas, el Ingreso Mínimo Vital, debes tener más de 23 años y menos de 65 (desde 18 años, si tienes menores a tu cargo), estar en situación de demandante de empleo o tener residencia legal en España. Y estos son solo algunos de los muchos requisitos.

Otras ayudas de actualidad son las diseñadas para trabajadores autónomos. En este caso, si pretendes acceder a las que conceden por cese de actividad, tendrás que demostrar, entre otras cosas, que la facturación del tercer trimestre se redujo al menos el 75 % en relación con el mismo periodo del año 2019. Y, en el caso del subsidio para los autónomos de temporada (feriantes, venta ambulante…), el profesional “tiene que cumplir numerosos requisitos; entre otros, haber estado dado de alta como trabajador por cuenta propia durante unos plazos muy concretos”, comenta Cortés.

Hay más condiciones para acceder a una subvención, y muchas tienen que ver “con la justificación de que el dinero aportado ha sido utilizado, en efecto, para la finalidad para la que se solicitó”, asegura José Leandro Núñez, abogado de Audens. Por ejemplo, si te dan una subvención para cambiar las ventanas de un piso y mejorar así su eficiencia energética, podrían pedirte información sobre el proyecto, su presupuesto, las facturas de la obra o el certificado de eficiencia energética actualizado tras el cambio de las ventanas; y tendrías que aportar esta documentación dentro del plazo marcado (que por lo general es de tres meses) y siguiendo el procedimiento que te indiquen, “pues en caso contrario podrías perder la ayuda”, señala.

Asimismo, en ocasiones, para obtener una ayuda hay que comprometerse a hacer un gasto concreto y estar dado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos) durante un tiempo concreto (cinco o seis años), lo que retrae a muchos profesionales a la hora de pedir subvenciones. ¿Por qué? La mayoría de las veces debido a la incertidumbre, porque no saben si su proyecto resistirá un plazo tan largo —más aún en estos momentos de crisis—.

Las ayudas y subvenciones pueden tributar a Hacienda

Pero una de las mayores sorpresas que se llevan los beneficiarios de una ayuda o subvención es conocer que deben declarar a Hacienda por esa ayuda. En efecto, “la mayoría de las ayudas tributan y, por lo tanto, afectarán al resultado de la Declaración del siguiente año”, indica Núñez. Como aclara la propia Agencia Tributaria, la regla general es que las subvenciones o ayudas se consideran ganancias patrimoniales (o incluso rendimientos de la actividad económica, en el caso de los autónomos), por lo que tributan a efectos del IRPF y deben ser incluidas en la Declaración de la Renta.

En la práctica, “suponen un aumento en los ingresos, a efectos del cálculo del impuesto”. Por ejemplo, y simplificando al máximo según apunta el abogado, si tenemos un sueldo neto de 24.000 euros y recibimos una subvención de 1.000 euros, la Agencia Tributaria entenderá que hemos ingresado 25.000 euros en ese ejercicio y “calculará la cuota aplicable en base a esa cantidad”, detalla Núñez. Es decir, Hacienda se quedará con una parte de la subvención concedida, que “variará en función de los demás ingresos que hayamos obtenido durante el año”. El caso más típico —recuerda el abogado— es, probablemente, “la subvención para la compra de un vehículo” (lo que se conocía como Plan Renove, Plan PIVE o, más recientemente, Plan Moves, al que el Gobierno pretende dar un nuevo impulso con motivo de la caída de ventas derivada de la crisis sanitaria).

 

Artículo publicado por Blanca Álvarez

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