El Gobierno del PSOE junto con Unidos Podemos han elaborado un acuerdo de Presupuestos Generales del Estado para 2019 donde se contemplan varias medidas para frenar el precio del alquiler de la vivienda habitual. Aunque todavía necesita el visto bueno de Bruselas, este borrador establece, entre otras cosas, que sean los ayuntamientos los que elaboren un índice de precios para limitar el alquiler o que, en caso de que el casero sea una empresa, la prórroga obligatoria sea de siete años en lugar de cinco.

A continuación, mostramos las medidas que quieren llevar a cabo el Gobierno en el mercado de la vivienda, sobre todo en el mercado del alquiler. propone ampliar progresivamente el presupuesto actual en materia de vivienda destinando 630 millones de euros para 2019 (un aumento del 38%), 700 millones en 2020 y 1.000 en 2021. En opinión del Gobierno, en 10 años España debería invertir el 1-1,5% del PIB.

  1. Modificación de la normativa del mercado de alquiler (LAU):
  • Se ampliará el plazo de prórroga obligatoria de los contratos de alquiler de tres a cinco años, y se ampliará la prórroga tácita de uno a tres años para personas físicas. En el caso de que la parte arrendadora sea una persona jurídica serán 7 años de prórroga obligatoria y 3 de tácita.
  • Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquel en el caso de personas físicas o siete años en personas jurídicas, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con seis meses de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante tres años más.
  • Se establecerá que no se podrán pactar garantías adicionales a la fianza en metálico hasta un máximo de dos mensualidades de la renta. Los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato irán a cargo del arrendador, en los supuestos en los que el arrendador sea una persona jurídica.
  • Se establecerá que el derecho del arrendador a recuperar la vivienda antes del plazo legalmente establecido deba estar recogido en el contrato de arrendamiento, de forma que se impulse la estabilidad para el arrendatario y se conozcan de forma transparente las condiciones del contrato.
  • Se incluirá la posibilidad de que las AAPP competentes ejerzan los derechos de tanteo y retracto cuando la vivienda arrendada se venda conjuntamente con las restantes viviendas o locales propiedad del arrendador que formen parte de un mismo inmueble y cuando se vendan de forma conjunta por distintos propietarios a un mismo comprador la totalidad de los pisos y locales del inmueble.
  1. Creación de un índice de precios de alquiler en determinadas zonas
  • Los Ayuntamientos podrán elaborar un índice de precios de alquiler de referencia de acuerdo con una metodología objetiva y sujetos a revisión periódica. Los consistorios podrán declarar temporalmente una zona urbana de mercado tensionado cuando se haya producido un incremento abusivo de las rentas de alquiler de vivienda habitual.
  • El objetivo del Gobierno es que los Ayuntamientos y las CCAA puedan regular y limitar las subidas “abusivas” del precio del alquiler en las zonas previamente declaradas tensionadas y a la vez evitar posibles efectos de contracción de la oferta de vivienda en alquiler. 

El Gobierno se compromete a desarrollar los proyectos normativos necesarios para el cumplimiento de lo previsto en este apartado durante 2019.

Recordamos que la medida de limitar el precio del alquiler ya se ha puesto en marcha en varias ciudades europeas, como Berlín o París, con resultados negativos, ya que, lejos de poner tope a las rentas, se ha conseguido el resultado contrario: subidas de precio.  

 

Artículo publicado en: Idealista.com

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