Las reparaciones en una vivienda de alquiler son un tema que suele generar muchas dudas y controversia: ¿quién se encarga de las reparaciones?, ¿y de los pequeños arreglos?, ¿quién debe sustituir los electrodomésticos si se estropean?…

Si nos basamos en lo que dice la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), las obras de mantenimiento para conservar la habitabilidad las debe asumir el propietario del inmueble, mientras que las pequeñas reparaciones las debe abonar el inquilino.

Pintar las paredes al entregar la vivienda, tapar agujeros hechos para colgar cuadros o estanterías… Desde Fotocasa, analizamos qué dice la ley sobre las reparaciones en un piso de alquiler y cómo debe proceder el casero si el inquilino no repara la vivienda y la entrega sin las reformas correspondientes. ¡Atento!

¿Qué reparaciones van a cargo del inquilino?

El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) indica que «Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario (inquilino)».

Aunque la ley no establezca un importe concreto para definir cuándo se considera pequeña reparación o reforma, por normal general, se suele fijar la cantidad de 150 euros para determinar quién es el responsable de asumir la reparación. Además, es obligación del inquilino devolver la vivienda en las mismas condiciones que se le entregó.

Estas son algunas de las reparaciones o arreglos en el inmueble que deben repararse antes de entregarle las llaves al casero:

Daños causados por un mal uso. Si algo se ha dañado o roto por un mal uso por parte del inquilino, este será el responsable de repararlo antes de devolver el piso (daños en las puertas, manchas de pintura, electrodomésticos dañados por un uso negligente…).
Pintura de las paredes. Si el casero entregó el piso recién pintado, lo habitual es acordar entregarlo en las mismas condiciones. Como siempre, todo dependerá del caso concreto y de lo que se haya acordado en el contrato de arrendamiento.
Agujeros para colgar cuadros o estanterías. Este tipo de reparaciones van a cargo del inquilino, ya que este debe asegurarse de entregar el piso con las paredes lisas y sin agujeros, tal y como se le entregó.
Mantenimiento general. El mantenimiento general y las reparaciones menores, como el cambio de bombillas, sustitución de grifos rotos o la reparación de electrodomésticos por sobrecarga eléctrica van a cargo del inquilino.

¿Cómo proceder como casero si el inquilino no repara la vivienda?

Una vez finalizo el contrato de alquiler, el inquilino entrega las llaves y el casero procede a revisar que todo está en orden antes de devolver la fianza. Es en ese momento cuando comprueba que la vivienda se encuentra en buenas condiciones y que no existen reparaciones pendientes que sean responsabilidad del inquilino.

En el caso de que todo estuviera como se entregó (agujeros tapados, paredes pintadas, muebles sin daños visibles…), el propietario debe proceder a devolver la totalidad de fianza del alquiler en un plazo de 30 días naturales desde la entrega de llaves.

in embargo, ¿qué ocurre si el inquilino ha incumplido su parte?, ¿qué debe hacer el casero? Si el inquilino entrega la vivienda sin las reparaciones necesarias, el propietario tiene derecho a descontar de la fianza la parte que corresponda para asumir el coste de la reforma.

Todos los casos en los que el casero puede no devolver la fianza

Estos son los cinco casos en los que el propietario puede utilizar el dinero de la fianza para costear el incumplimiento de contrato por parte del inquilino:

Daños en la vivienda. Como hemos visto, si, por ejemplo, hay muebles rotos o persianas que no funcionan, el casero puede tomar parte de la fianza para abonar el desperfecto.
Obras sin permiso. Si el inquilino realiza cambios no autorizados en el inmueble, el casero puede usar la fianza para restaurar la vivienda.
Impago de la renta. En caso de que hayan mensualidades pendientes, no se devolverá la fianza.
Fin del contrato anticipadamente. Según la LAU, «las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización».
Suciedad en la vivienda. Si la vivienda necesita una limpieza a muy fondo, el propietario podría usar el dinero de la fianza para costearla.

 

Fuente: Fotocasa, Actualidad, inspiración y cultura inmobiliaria