Tener un arrendatario moroso es el mayor miedo de los propietarios de viviendas en alquiler. Existen algunas herramientas para evitarlos, como los seguros de impago o los ficheros de morosos, pero, a veces, no se contratan o fallan todos los cortafuegos ¿Qué se puede hacer en estos casos? ¿Se puede cambiar la cerradura al inquilino que no paga el alquiler? ¿Qué dice la ley?

 

Cambiar la cerradura a un inquilino, ¿es legal?

Aunque el inquilino haya dejado de pagar el alquiler, desgraciadamente, no se puede cambiar la cerradura; tampoco cortar suministros o mantener la vivienda inhabitable. Esto es así porque sigue teniendo derecho sobre la vivienda, aunque deje de pagar. 

Para recuperar el piso, habrá que recurrir al proceso de desahucio. Hasta que un juez no dicte sentencia, el uso y disfrute del inmueble es del arrendatario.

¿Es delito cambiar la cerradura a un inquilino que no paga?

Según el artículo 172 del Código Penal, cambiar la cerradura de un piso en alquiler a un inquilino que no paga está considerado como delito de coacciones, con penas de prisión de seis meses a tres años o con multas de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleado.

¿Puede el inquilino cambiar la cerradura de un piso alquilado?

Sí, es legal que el arrendatario cambie la cerradura mientras el contrato de alquiler esté vigente y no tiene por qué pedir permiso al propietario, pague o no pague. Tampoco está obligado a darle una copia de las llaves.

¿Pero qué ocurre cuándo termina el contrato y el inquilino ha cambiado la cerradura? Lo ideal sería que el arrendatario haya conservado la cerradura original y la vuelva a colocar. Si no es así, el propietario podría pedir una compensación o retener parte de la fianza para devolver la vivienda a su estado original, es decir, misma cerradura.

¿Quién paga el cambio de una cerradura, inquilino o propietario?

El tema de cómo se reparten los gastos de reparaciones es uno de los grandes conflictos del alquiler. A modo de resumen, el propietario se hará cargo de los arreglos en tuberías, techos, suelos o paredes. El inquilino, por su parte, asumirá aquellas reparaciones sobre cosas que no formen parte de la estructura del piso, por ejemplo, cerraduras, cisternas y grifos.

 

 

Fuente: Eduardo G. Martínez (Colaborador de idealista news)

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