19Nov2019

Muchos clientes se han visto obligados durante años a contratar un seguro de vida con el banco para poder obtener la hipoteca y, aunque la nueva ley hipotecaria impide este tipo de vinculaciones, muchos consumidores deciden contratarlo a cambio de obtener una mejora de las condiciones del préstamo, como por ejemplo una rebaja en tipo de interés.

Para ello, el usuario debe rellenar y firmar un cuestionario de salud, aunque no siempre se ha seguido este procedimiento. 

El problema surge cuando el hipotecado o prestatario fallece o le conceden una incapacidad y la compañía se seguros se niega a pagar la indemnización correspondiente, alegando inexactitudes en el cuestionario. Por ejemplo, que el asegurado tenía patologías preexistentes a la contratación del seguro que no llegó a declarar en el cuestionario de salud.

¿Qué se puede hacer? Según explica el despacho Sanahuja Miranda, cabe la posibilidad de que el empleado del banco, dentro de la maraña de documentación vinculada con la hipoteca, no advirtiera al afectado que estaba firmando un cuestionario en el que debía contestar a preguntas muy relevantes sobre su salud. 

En esta circunstancia, dice el despacho, lo que se debe hacer es reclamar a la aseguradora, basándose en el amparo que le brinda el artículo 10 de la Ley de Contrato de Seguro, que establece que “el tomador del seguro tiene el deber, antes de la conclusión del contrato, de declarar al asegurador, de acuerdo con el cuestionario que éste le someta, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo. Quedará exonerado de tal deber si el asegurador no le somete al cuestionario o cuando, aun sometiéndoselo, se trate de circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo y que no estén comprendidas en él”. 

Y según la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, este artículo viene a recalcar que la aseguradora está obligada a someter al asegurado a un cuestionario de salud, que deberá contestar por sí mismo o con la ayuda del empleado del banco, y pregunta por pregunta.  

“Si el empleado del banco no realiza todas las preguntas del cuestionario al asegurado y consigna sus respuestas en el cuestionario de salud; si no le solicita que conteste a dichas preguntas por sí, exigiéndole únicamente que lo firme o si dicho cuestionario no contiene la firma del asegurado, el cuestionario de salud como tal no será válido y la aseguradora deberá pagar la prestación convenida, sin consideración del estado de salud del asegurado a la firma del seguro”, explican desde Sanahuja Miranda. 

Pero este escenario plantea un nuevo problema: que el afectado pueda demostrar que la contratación se produjo sin que respondiera a las preguntas del cuestionario de salud. A pesar de que el asegurado tiene difícl probarlo, no es algo imposible. Según el despacho, estas son algunas maneras que permitirían demostrarlo: 

  • Si las respuestas al cuestionario de salud están mecanografiadas, es un indicio de que el asegurado no las contestó por sí mismo y que estaban previamente redactadas por la entidad asegurada. 
  • Si al asegurado le acompañó alguna persona a la firma, podrá testificar en juicio que aquel no rellenó el cuestionario de salud. 
  • El propio hecho de que el seguro se contratara para obtener un préstamo bancario es otro indicio de que el asegurado no lo contrató a fin de falsear sus datos de salud y cobrar la indemnización. 
  • Que el peso, la altura u otros datos personales que aparecen en el cuestionario de salud no coincidan con los del asegurado también indica que el documento es un modelo ya cumplimentado antes de la firma del asegurado. 

"Todos estos indicios, si son correctamente valorados por el juez, pueden ayudar a que se estime una demanda contra la aseguradora que impaga y que el beneficiario del seguro de vida cobre lo que le corresponda".

 

Artículo publicado en Idealista blog