31Jul2019

Nuevas reglas para acceder a ayudas para la vivienda en Cataluña. La Generalitat, a través de la Agència de l'Habitatge, ha modificado las condiciones para acceder a las prestaciones económicas de especial urgencia en materia de vivienda, ampliando los límites de las rentas de alquiler y añadiendo nuevos supuestos para mujeres en situación de violencia de género.

La Conselleria de Territorio y Sostenibilidad ha informado de que también se han añadido supuestos para los casos que se han resuelto favorablemente desde las mesas de emergencias, con el objetivo de que más ciudadanos puedan beneficiarse de las prestaciones de urgencia.

“Estas ayudas prevén varios supuestos de especial urgencia a los que las familias pueden acogerse puntualmente para hacer frente a deudas por el impago de cuotas de la hipoteca o del alquiler, y para atender a familias que han sido desahuciadas, ya sea por falta de pago, por expiración del plazo legal o contractual, por ejecución hipotecaria o por dación en pago”, explican desde la institución.

Ampliaciones y novedades

En el caso de haber perdido la vivienda, se han ampliado los supuestos a las mujeres en situación de violencia de género y los casos valorados positivamente por las mesas de emergencias y que estén a la espera de un realojamiento. En cuanto a los requisitos generales, se han ampliado los límites de los importes de las rentas alquiler "para poder atender un mayor número de familias".

Sin embargo, se mantienen los límites de los importes de las cuotas de amortización de hipotecas: 900 euros en Barcelona ciudad; 800 euros en la demarcación de Barcelona; 600 euros en la demarcación de Tarragona y Girona y 550 euros en la de Lleida.

Se ha incrementado la ayuda anual hasta un máximo de 4.350 euros, para atender las situaciones de pérdida de la vivienda, y se establece la posibilidad de renovar hasta un máximo de 24 meses más la prestación complementaria para poder dar continuidad al pago del alquiler y a la prestación para situaciones de pérdida de la vivienda.

 

Artículo publicado en: Idealista blog