15Gen2018

Hace nueve años que Satoshi Nakamoto creó Bitcoin (el 3 de enero de 2009), la criptomoneda más popular, cuyo valor por aquel entonces era prácticamente nulo e incluso se podían crear nuevos bitcoins desde el ordenador de tu casa. Sin embargo, hoy en día su valor está por encima de los 12.000 euros y se necesita una gran red de ordenadores para crear una sola moneda.

No hay un consenso claro sobre el cumpleaños de Bitcoin. Hay que argumenta que la criptomoneda se creó en la fecha en que Satoshi Nakamoto publicó el documento técnico de Bitcoin, un documento que describe los conceptos básicos del proyecto, el 31 de octubre de 2008. Pero el 3 de enero fue el momento en que Bitcoin en realidad comenzó a existir, y por eso para muchos es la fecha de nacimiento más apropiada de la criptomoneda más influyente.

¿Qué es una bitcoin?

 

Una bitcoin no es más que una cadena de caracteres que está vinculada en un momento a una 'wallet' o cartera. Un usuario crea una 'bitcoin wallet', una dirección pública, pero anónima, en la que se almacenarán las criptomonedas, similar al funcionamiento de una dirección de correo electrónico. Esa dirección puede compartirse para recibir pagos.

Toda transacción entre wallets queda registrada en el blockchain, la médula espinal de las criptomonedas. El blockchain registra todas las transacciones de esta moneda virtual que se han completado desde su nacimiento, de modo que el sistema sabe cuál es el balance de cada cartera. El mantenimiento de esta extensa base de datos distribuida y no centralizada necesita de un fuerte poder de computación.

Blockchain es un sistema de información distribuida que permite grabar y verificar la autenticidad de todas las transacciones y saldos de bitcoin. Cada transacción se propaga en toda la red de mineros para registrarse y posteriormente ser verificable. Ese minado permite confirmar que las transacciones criptográficas se han producido y que son únicas e inmutables a posteriori. El minado necesita un gran nivel de procesamiento, por lo que aquellos equipos que participan reciben un incentivo en forma de bitcoins por resolver los problemas lógicos que se le presentan.

Al ser un sistema distribuido, sin un nodo central, las transacciones no pueden ser alteradas o falsificadas, ya que otros usuarios de la red tienen registro de la transacción y pueden confirmar la autenticidad. La red tiene registro de todas las transacciones realizadas con bitcoin y de ese modo sabe el balance de cada cartera. Alguien que quisiera robar bitcoins debería falsificar toda la cadena de transacciones con bitcoin, una hercúlea tarea, casi imposible.

Al igual que las carteras, las transacciones en bitcoin son anónimas, ya que las identidades de los actores del intercambio están codificadas.

¿Para qué sirve?

Debido a su carácter anónimo, las bitcoins pueden ser utilizadas como efectivo en internet. En un principio se popularizaron en la llamada “Dark Web”, para realizar ventas de drogas, armas, datos robados y otros intercambios de material ilegal. No obstante, la mayor estabilidad del sistema, la entrada de nuevos actores y la mejora de los llamados “exchanges” ha permitido que la criptomoneda se haga más popular. 

Bancos como Goldman Sachs o Citigroup han aceptado que en el futuro las criptomonedas serán un elemento importante del sector financiero, pese a que países como China han intentando contener las operaciones especulativas y de desvío de capitales a través de criptomonedas. La Unión Europea, por su parte, está tomando medidas para que las 'wallet' no sean anónimas y estén vinculadas a alguien.

Cómo comprar casa con bictoins

El proceso más sencillo es acordar con el vendedor un día para fijar el tipo de cambio de bitcoins y euros. El intercambio de bitcoins se realizaría ante notario y en la escritura constaría el precio en euros pactado para la compraventa. La transacción no pasa de ser una compra común y corriente, con un solo paso previo: el comprador ha hecho el cambio de bitcoin a euros. La única excepción es que el comprador que entrega bitcoins tendrá que pagar por la ganancia patrimonial que le ha reportado la desinversión en bitcoin y que, obviamente, deberá probar el origen legítimo del dinero.

Finques El Vent es una de las primeras inmobiliarias en aceptar el pago en bitcoins. Ángel Aguiló, que asesora a aquellos que quieran realizar compraventas en bitcoins, explica que aquellos que aceptan el pago de un inmueble en bitcoins son inversores en criptomonedas. “Confían en que se va a consolidar y que es un método de pago seguro. En realidad, en la práctica, es como cualquier otra moneda.

Aguiló explica que ante notario el comprador transfiere sus bitcoins al vendedor desde el móvil (a veces con el simple escaneo de un código QR), éste certifica que el traspaso se ha completado en el monto acordado y se cierra la escritura con el precio equivalente en euros.

El único que asumiría cierto riesgo al aceptar bitcoins sería el vendedor, especialmente si la bitcoin, un valor claramente volátil, se deprecia desde el momento de la transacción. Si obtiene beneficios tendrá que pagar impuestos por la ganancia patrimonial que le ha reportado.

En este caso hay que recordar que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que el intercambio de bitcoins a euros o viceversa no está sujeto al cobro del IVA, algo que sí sucede en algunos países fuera de la UE. Pero si con la transmisión de bitcoins se obtiene un beneficio, se debe tributar por la ganancia patrimonial obtenida, como ocurriría con cualquier inversión, tal y como recuerda José María Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico. De este modo, “los contribuyentes que obtengan una ganancia por comparación entre el valor de adquisición de sus bitcoins, y el de transmisión, deberán incluirla en su IRPF”, señala el experto.

Por otro lado, Salcedo señala que "la simple revalorización de los bitcoins adquiridos en su día (sin que hayan sido transmitidos y por tanto exista ganancia patrimonial), sí podría suponer la obligación de presentar la declaración del Impuesto de Patrimonio". 

La compraventa con criptomonedas podría ser vista como una permuta, el intercambio de dos bienes, en la que la bitcoin no sería más que un instrumento de valor. No obstante, al no ser dinero fiable emitido por un banco central, la escritura y las gestiones notariales no pueden realizarse en bitcoin, sino en euros. El notario puede tipificar que el pago se ha realizado en parte o su totalidad en bitcoin, aunque debería informar a la Agencia Tributaria de si sospecha que las bitcoins tienen origen ilícito o no lo suficientemente probado.

“La ley permite que el pago (de una vivienda) pueda realizarse por otros medios distintos a la entrega de dinero, como, por ejemplo, la entrega de otra cosa”, explica José Carmelo Llopis, delegado de nuevas tecnologías del Consejo General del Notariado.

Para cerrar una compra con bitcoins debe “existir siempre un previo acuerdo entre las partes, no se puede exigir la recepción de criptomoneda como medio de pago, debe identificarse y describir de manera suficiente la criptomoneda y expresarse en contravalor en euros”, apunta Llopis.

Lo que diferencia una transacción con bitcoin de una con euros es que el receptor del pago por criptomonedas tendrá que declarar y pagar impuestos por las ganancias derivadas de la apreciación de las bitcoin cuando desinvierta, algo que en el caso de un pago en euros no sucede, ya que no se apreciaba o devaluaba frente a nada.

Pese a ello, esa obligación de tributar no está clara. “La transmisión del inmueble tiene la conocida repercusión tributaria en todos los ámbitos, pero la repercusión fiscal de la transmisión de bitcoin entre particulares en estos negocios jurídicos puede ser más complicada y tiene todavía puntos sin determinar”, en opinión de Llopis.

Según José María Mollinedo, secretario general de Gestha, la compraventa de un inmueble debe escriturarse ante notario y constar en euros. “Lo que está claro es que no se puede utilizar una moneda que no sea de curso legal”, explica. “La fórmula que se ha utilizado para el pago debe quedar reflejada ante notario. Además, el notario tiene protocolos que debe seguir para enviar copias de las escrituras en las que exista sospechas de blanqueo al Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo de Capitales (OCP) del Consejo General del Notariado”.

En los casos de compraventa con bitcoin, la criptomoneda puede utilizarse básicamente como si fuera dinero en efectivo, ya que es totalmente anónima. Entre particulares, por ejemplo, no hay límite en el monto que se puede aportar en efectivo, lo que podría aplicar en el caso de las bitcoins. Hacienda, por su parte, controla el origen ilícito de las criptomonedas y si éstas son utilizadas para blanquear capitales, al tiempo que trabaja en un marco común que controle a estos instrumentos de pago. “La Agencia Tributaria va a investigar el uso de criptomonedas como método de pago y su incidencia en el fraude fiscal, pero el estudio está en fase preliminar”, señala.

Cómo tributa la compra de casa con bitcoins

La compraventa de una casa está gravada con el ITPAJD, si es una vivienda usada, o con el IVA, si es una vivienda nueva. Sin embargo, la base imponible de estos impuestos es, en el primer caso, el valor real del inmueble, y en el segundo, el importe total de la contraprestación. Aunque la transacción se pague con euros o con bictoins no afecta a la tributación de la compraventa en estos dos impuestos.

Otra cosa es la alteración del patrimonio que se ponga de manifiesto con la compra de la vivienda (antes tenía bitcoins y ahora una vivienda). José María Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico, explica que si dicha alteración va acompañada de una variación en el valor del patrimonio (los bitcoins se adquirieron por valor de 150.000 euros, y con ellos se ha comprado una vivienda que ha costado 200.000 euros) "estaremos ante una ganancia patrimonial que deberá ser incluida en la declaración de IRPF".